
FACCION POLICIA BOLIVIANA
La Policía Boliviana surgió después de la independencia en 1825, cuando el orden público era mantenido por milicias y guardias cívicas sin una estructura profesional, pero con el tiempo fue organizándose hasta consolidarse a fines del siglo XIX; durante el siglo XX se fortaleció con la creación de la Academia Nacional de Policías, la Escuela Básica Policial y unidades especializadas como tránsito, investigaciones, bomberos y radiopatrullas, y tras la Guerra del Chaco se reorganizó como una institución nacional separada de las Fuerzas Armadas; finalmente, con la Constitución de 2009 adoptó el nombre de Policía Boliviana del Estado Plurinacional y orientó su labor hacia la seguridad ciudadana, la investigación criminal y el respeto de los derechos humanos.

Este manual establece las normas generales de roleplay (RP), roles bolivianos, códigos radiales, reglas de facción y artículos disciplinarios, con el objetivo de garantizar un entorno justo, realista y ordenado dentro del servidor.
Todo jugador está obligado a conocer y respetar este manual. El desconocimiento de las normas no exime de sanción.

Artículos
Artículo 1 – Desobediencia a la autoridad: Negarse a acatar órdenes legales emitidas por un funcionario en servicio.
Artículo 2 – Resistencia al arresto: Oponer fuerza física o huir al momento de una detención.
Artículo 3 – Agresión física: Atacar o causar daño corporal a otra persona.
Artículo 4 – Amenazas: Intimidar verbalmente o por acciones a otra persona.
Artículo 5 – Porte ilegal de armas: Poseer armas sin licencia o autorización válida.
Artículo 6 – Uso indebido de arma de fuego: Disparar o exhibir un arma sin justificación legal.
Artículo 7 – Robo simple: Sustracción de bienes sin violencia.
Artículo 8 – Robo agravado: Robo con violencia, armas o en grupo.
Artículo 9 – Hurto de vehículo: Apropiación ilegal de un vehículo.
Artículo 10 – Daño a la propiedad: Destrucción o vandalismo de bienes públicos o privados.
Artículo 11 – Secuestro: Privar de libertad a una persona contra su voluntad.
Artículo 12 – Privación ilegítima de libertad: Retención sin fines claros o legales.
Artículo 13 – Extorsión: Exigir bienes o dinero mediante amenazas.
Artículo 14 – Tráfico de sustancias ilícitas: Comercialización o transporte de drogas.
Artículo 15 – Posesión de sustancias ilícitas: Tenencia de drogas sin autorización.
Artículo 16 – Asociación delictiva: Pertenecer o colaborar con organizaciones criminales.
Artículo 17 – Falsificación de documentos: Uso o creación de documentos falsos.
Artículo 18 – Suplantación de identidad: Hacerse pasar por otra persona o autoridad.
Artículo 19 – Corrupción: Aceptar o ofrecer sobornos.
Artículo 20 – Abuso de autoridad: Uso indebido del cargo para beneficio personal.
Artículo 21 – Obstrucción a la justicia: Interferir investigaciones o procedimientos legales.
Artículo 22 – Encubrimiento: Ayudar a un delincuente a evadir la justicia.
Artículo 23 – Disturbios públicos: Alterar el orden público de manera grave.
Artículo 24 – Conducción temeraria: Manejo peligroso poniendo en riesgo vidas.
Artículo 25 – Conducción bajo influencia: Manejar bajo efectos de alcohol o drogas.
Artículo 26 – Fuga: Escapar de custodia policial o penitenciaria.
Artículo 27 – Tenencia de objetos ilícitos: Poseer herramientas criminales sin justificación.
Artículo 28 – Invasión de propiedad: Ingresar sin permiso a propiedad privada o estatal.
Artículo 29 – Homicidio: Causar la muerte de otra persona.
Artículo 30 – Tentativa de homicidio: Intento comprobado de causar la muerte.


